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Nuevo régimen de incorporación fiscal


Por: Enrique Gómez - CARVAJAL



El nuevo régimen que entró en vigor en 2014 sustituye al antiguo Régimen de Pequeños Contribuyentes y al Régimen intermedio para algunos casos. Con este se busca incorporar y alinear de forma paulatina a los contribuyentes en este sector a una tributación más acertada y efectiva.


Todos los pequeños contribuyentes y los intermedios con ingresos no mayores a 2 millones de pesos anuales deberán adoptar este nuevo régimen.

Concretamente, el nuevo régimen establece lo siguiente:

  • Si eras REPECO (Régimen de Pequeños Contribuyentes) ahora estás inscrito en el Régimen de Incorporación Fiscal automáticamente. 
  • Si pertenecías al Régimen Intermedio puedes optar por integrarte al Régimen de Incorporación Fiscal, si tus ingresos son menores de 2 millones de pesos. 
  • Y si no estás inscrito en el RFC, accede a nuestra aplicación para obtener tu RFC y recibe todos los beneficios de pertenecer al Régimen de Incorporación Fiscal. 
Para adoptar este nuevo régimen los contribuyentes deben:
  • Inscribirse en el RFC y solicitar su contraseña. 
  • Emitir facturas electrónicas y registrar ingresos y egresos. 
  • Realizar las declaraciones pertinentes bimestralmente. 
Para los que ya están inscritos y eran parte del repeco deben presentar el aviso de actualización de obligaciones y tributar en el régimen de incorporación fiscal a más tardar al 31 de marzo.

Con la nueva prórroga que emitió el SAT se aplaza hasta Mayo del 2014 la primera declaración enero- febrero para los contribuyentes dentro del régimen.


Fundamento: Artículo 111 de la Ley del ISR, regla I.2.9.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, y Quinto Transitorio del Proyecto para la Primera Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 publicada en el Portal de internet del SAT.

¿Qué pasa con el tema de deducciones? 
Para poder deducir, deberás aprovechar las facilidades que el régimen ofrece. Es decir, emitir factura electrónica y así llevar una cuenta equilibrada de tus ingresos y egresos que servirá para hacer las declaraciones ante el SAT. Para ello puedes ocupar las soluciones gratuitas tanto del SAT como de los PAC'sCon el nuevo régimen, ¿Cuáles son los beneficios para los contribuyentes?: Los contribuyentes podrán facturar y al emitir de facturas pueden: 

  • Cobrar con terminales bancarias. 
  • Acceder a créditos con mejores condiciones. 
  • Ser proveedor de empresas más grandes. 
  • Ofrecer servicios adicionales en sus negocios. 
Se condona el pago de impuestos y de forma incremental se alinea al contribuyente a pagar de acuerdo al número de los años que tengas tributando en este régimen, conforme a la siguiente tabla:


De forma obligada todos los contribuyentes que actualmente estén en REPECO deberán adaptarse a este Régimen, es decir, 3 millones 176 mil contribuyentes. A la fecha se han sumado 369 mil contribuyentes al RIF.

En conclusión, este NUEVO RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL (RIF), permite tener una captación clara y equitativa de impuestos, actualizarnos en esquemas que nos permiten equilibrar las obligaciones por las cuales nos regimos todos los contribuyentes. El NUEVO RÉGIMEN fortalece la cultura fiscal del pequeño, mediano y gran contribuyente a través de Reformas que nos permiten crecer y ser ejemplo global en temas hasta antes tabú para nosotros.