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Estándar de documentos digitales


Por: Marcela Cisneros - DIVERZA



El pasado 10 de marzo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Anexo 21 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, en dicho Anexo se determina la definición del estándar informático de los proceso involucrados en la recepción de los Documentos Digitales por pate de la autoridad fiscal.


Será en pocas palabras la “Bibila Técnica” de aquellas empresas que deseen obtener la autorización para desempeñar el papel de Proveedor de Recepción.

Los módulos principales de los que se compone son:
I. De los documentos digitales
Que determina el esquema, definición de los elementos, atributos y validaciones a considerar en la recepción de los Documentos Digitales, la forma en que se debe generar el Sello Digital de los mismos y la especificación técnica del CBB o código QR a contemplar en el Acuse de Recepción de Documentos Digitales.

II. Del envío y manejo de la información
Indica la responsabilidad del Proveedor de Recepción de cumplir con los plazos de entrega de información y de servicio que el SAT determine en su portal de Internet.

III. De los acuses
Establece el esquema técnico aplicable a los Acuses de Aceptación o los Aviso de Rechazo que recibirá el contribuyente por la información enviada; así como el esquema técnico a implementar para entregar al SAT la información del Contribuyente y el Acuse generado por el documento digital recibido, el cual será firmado digitalmente con el Certificado de Sello del Proveedor de Recepción.

IV. Del cierre del día
Define el esquema y los horarios en los que el Proveedor de Recepción debe enviar al SAT información de conciliación de los documentos recibidos durante el día.

V. Del mecanismo de comunicación entre el Prestador de Servicios y el contribuyente
Simplemente determina que se debe cumplir con el mecanismo de comunicación que el SAT especifique en su portal Internet.

Si bien el Anexo 21 es la pauta técnica principal para la recepción de documentos digitales, deben observarse también otras definiciones complementarias publicadas en el sitio oficial del SAT, como son:

  • Los catálogos para la emisión y recepción de documentos digitales,
  • Los esquemas de los diferentes documentos digitales, que por cierto a la fecha solo ha sido publicado el correspondiente a la “Declaración de Proveedores IVA (DPIVA)” antes “DIOT”.