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Comunicaciones electrónicas certificadas

Gil Ramírez - PEGASO


Actualmente las TIC nos dotan de una serie de bondades que nos permiten llevar a cabo la celebración de actos jurídicos específicos entre ausentes, utilizando comunicaciones electrónicas CONVENCIONALES, en donde las partes haciendo uso de determinadas herramientas tecnológicas expresan su voluntad respecto a estos actos, pero aun teniendo que hacer uso de diversos mecanismos tecnológicos que permitan verificar dichos actos volitivos, así como los mensajes de datos y los archivos adjuntos que contienen los pormenores establecidos por las partes participantes.

Bajo este contexto es susceptible de demostrar la eficacia jurídica en cualquier rama del derecho en el que se desee aplicar, ya que de forma general se valen de la denominada equivalencia funcional, es decir, de la forma escrita (forma tradicional por mencionarla de alguna manera), a la electrónica derivada de la aplicación de las leyes en el ámbito jurídico mexicano que así lo permiten. 

Como ejemplo de lo anterior, basta revisar las disposiciones normativas contenidas en los artículos 35 fracciónIIde la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los artículos 49, 90 Bis, 91 y 92fracción V del Código de Comercio.[1]

Artículo 35.- (…)


II. Mediante oficio entregado por mensajero o correo certificado, con acuse de recibo. También podrá realizarse mediante telefax, medios de comunicación electrónica o cualquier otro medio, cuando así lo haya aceptado expresamente el promovente y siempre que pueda comprobarse fehacientemente la recepción de los mismos, en el caso de COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS CERTIFICADAS, deberán realizarse conforme a los requisitos previstos en la Norma Oficial Mexicana a que se refiere el artículo 49 del Código de Comercio.

¿Y si aceptamos la factura?

Jorge López - INTERFACTURA



México ha sido sin lugar a dudas un referente a nivel internacional en temas de tributación digital, siendo su eje rector la factura electrónica, con ello ha logrado consolidar información que cualquier administración tributaria en el mundo debería tener, sin embargo es una realidad que aún existen zonas que reforzar dentro del modelo; por un lado la factura electrónica ha sido fundamental para intercambiar información de negocio, pero por otro lado ha quedado corta para proteger las operaciones comerciales a crédito. El SAT mediante el nuevo esquema de cancelaciones logrado mitigar esta área de oportunidad, sin embargo, es evidente que existen escenarios comerciales que aún se encuentran hasta cierto punto “desprotegidos”.

Factura con estímulos: Franja fronteriza

Isis Weil - MÁSNEGOCIO


Se publicó el pasado 7 de enero en el portal del SAT la versión anticipada de la 6a RM de la RMF para 2018 y su anexo 1-A el cual habla sobre los beneficios y estímulos fiscales al iniciar tu trámite.

Complementando el decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018, el pasado 7 de enero de 2019 se publicó en el Portal del SAT la versión anticipada de la 6a RM de la RMF para 2018 y su anexo 1-A en la cual se especifica los mecanismos para iniciar tu tramite y acceder a estos estímulos que a continuación se resumen:

Estímulo del IVA


Para poder acceder al 50% de descuento en la tasa del impuesto al valor agregado debes considerar: