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¿Cómo van los amparos que se presentaron en contra de la Contabilidad Electrónica?


Por: Sergio Daniel López Fernández - TSYS



Como les mencionaba en las líneas que anteceden a ésta, los amparos que se presentaron en contra de las últimas reformas fiscales buscan a través de diferentes criterios declarar la inconstitucionalidad de la contabilidad electrónica, la cual como todos sabemos, obliga a los contribuyentes a ingresar mensualmente y de manera electrónica su información contable.



Algunas cámaras de empresarios y contribuyentes asesoradas por algunos despachos y compañeros de profesión, decidieron presentar varios amparos en contra de esta nueva obligación al considerar que se violaban diversos derechos humanos, al transgredir principalmente los principios de legalidad, seguridad jurídica, fundamentación y motivación, con lo cual podrían llegar a obtener una declaratoria de inconstitucionalidad a través de una sentencia definitiva.

Derivado de lo anterior y después que la mayoría de los amparos presentados en 2014 recorrieran un largo laberinto jurídico, en Sesión celebrada el pasado 26 de noviembre, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la contradicción de tesis 277/2014, determinando que resulta procedente otorgar la suspensión en contra de las disposiciones que regulan la obligación de los contribuyentes de ingresar de forma mensual su información contable, a través de la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, por lo que los Juzgados de Distrito deberían empezar a resolver el incidente de suspensión provisional en ese sentido.

La Jurisprudencia se puede localizar bajo el siguiente Rubro:

Suspensión En El Juicio De Amparo. Procede Concederla Contra La Aplicación De Los Artículos 17 K Y 28, Fracción Iv, Del Código Fiscal De La Federación (Legislación Vigente A Partir Del 1 De Enero De 2014).

Me es de suma importancia señalar, que la suspensión otorgada es una “suspensión provisional” en donde a los contribuyentes que ya les fue notificada dicha suspensión estarán amparados y les permite no ingresar de manera electrónica su información contable hasta en tanto se decide el juicio de amparo en lo principal.


Pues bien, este es el estado procesal en el que se encuentran los amparos presentados en contra de la contabilidad electrónica, esperemos que la resolución definitiva a este asunto sea una resolución que busque el crecimiento de nuestro de País y que vaya acorde con los propósitos y metas que se ha planteado esta nueva administración.

No me resta más que agradecerles por la atención prestada a estas líneas, quedando a sus más apreciables órdenes.