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El pasado 12 de mayo, el Servicio de Administración Tributaria, SAT, anunció en su portal de internet una serie de facilidades aplicables a la versión 3.3 de factura y otros servicios fiscales digitales que próximamente serán incorporadas en proyecto de normatividad correspondientes.
Como apoyo al proceso de transición, el SAT ha determinado lo siguiente:
Para mayor información y registro lo invitamos a consultar el sitio foroconexion.org
El comunicado original del SAT se encuentra disponible aquí:
http://www.gob.mx/sat/prensa/com2017_048?idiom=es
http://www.gob.mx/sat/prensa/com2017_048?idiom=es
Al respecto, destacan las siguientes fechas:
Calendario
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Factura electrónica v3.3
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Comprobantes con complemento
de recepción de pagos
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01 de julio al 30 de noviembre de 2017
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Opcional
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Opcional
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01 de diciembre de 2017
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Obligatorio
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Obligatorio
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Otros servicios
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01 de enero de 2018 |
Entrada en vigor del proceso de aprobación para la cancelación de factura electrónica
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01 de enero de 2018
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La única versión vigente del complemento de comercio exterior será la 1.1. (Se dejará de emitir la versión 1.0)
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- Todas las aplicaciones gratuitas de emisión de CFDI que ofrecen las empresas PAC emitirán factura versión 3.3 a partir del 01 de julio.
- Durante el periodo del 01 de julio al 30 de noviembre de 2017 los contribuyentes podrán emitir facturas en sus versiones 3.2 y 3.3 de modo simultáneo.
- Los contribuyentes que no emitan v3.3 o complemento de pagos antes del 01 de diciembre NO tendrá que expedirlos después para cumplir con la regla. Es decir, no hay retroactividad. La obligación inicia formalmente el 01 de diciembre de 2017. Antes de esa fecha el uso de factura 3.3 y complemento de recepción de pagos es recomendable, pero opcional.
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