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Publicación reglas generales PSC en DOF



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Pablo Díaz Álvarez - EDICOM

Quizá en el último año y medio una de las noticias que mas se ha esperado es la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) son las reglas generales aplicables a los PSC en lo aplicable al uso de la NOM-151-SCFI-2016. Pero ¿Y que hace que sea una de las noticias más esperadas?, en esta publicación se aclaran las dudas que aun existían para la prestación de servicios en el tema de la Digitalización, y es que recordemos, la versión anterior de la NOM ya mencionaba sobre la posibilidad de digitalizar un document y certificarlo bajo esa versión de NOM, pero dejaba muchos cabos sueltos que al final del día, no permitían el fin común de los solicitantes… la destrucción del documento físico.

Por ello el Gobierno Federal a través de la Secretaria de Economía, se dio a la tarea de reformar esta normativa en base a su estrategia de un gobierno digital cada vez más fuerte pero también cada vez mas accesible a cualquier sector productivo basándose en la estrategia “Democratizar la Productividad”. 

Con ello en la publicación de anexo técnico de la NOMSCFI- 151, marca los lineamentos a los que un PSC debe apegarse para procesos de expedición de Certificados Electrónicos, Sellos de Tiempo (TSA, por sus siglas en inglés) y la misma Constancia de Conservación NOM. Con lineamientos no solo nos limitamos al ámbito tecnológico, ya que lo que busca SE es crear en la figura de un PSC un ente integral, ya que conlleva un esfuerzo de la definición de Elementos Humanos, Elementos, Elementos Materiales y Elementos Tecnológicos.

Como Elementos Humanos, hablamos de contar con perfiles desde Jurídico e Informático los cuales han demostrado sus credenciales y capacidades demostrándolo ante economía para que la empresa en la que desempeñan estas funciones pueda acreditarse como un PSC.

Como Elementos Económicos, se deben de acreditar el pago de las fianzas que cada servicio conlleva a fin de garantizar la solvencia económica del solicitante a la Certificación. 

Como Elementos Materiales, aquellos solicitantes deberán de presentar la documentación de sus procesos; recordemos que el tipo de servicios a prestar caen en el rubro de Servicios de Confianza pues lo que se busca con ellos es la plena certeza jurídica de un momento, hecho o acto. Por ello deberán de presentar políticas, planes de contingencia, recuperación, controles de acceso, entre otros tantos, afín de que SE cuente con las garantías que le permitan otorgar la Acreditación como PSC a una entidad que pueda garantizar a el usuario final la prestación de un servicio con un alto estándar de cumplimiento. Quizá dentro de los puntos o reglas publicadas es que costará más adoptar y sobre todo evaluar, ya que, si bien se pide un mínimo necesario, no todos los solicitantes o futuros solicitantes, cuentan con esta documentación orientada hacia la prestación de un servicio tan especializado, lo cual seguramente conllevará un esfuerzo importante en su realización o ajuste a fin de poder comprobar y sustentar dichos elementos.

Como Elementos Tecnológicos, es quizá la parte medular de los servicios ya que como lo mencionamos al ser Servicios de Confianza, se deberá de garantizar una infraestructura física y lógica de que los Centros de Datos desde los que se expidan estos servicios sean lo mas seguro posibles en cuanto la tecnología lo permita, prácticamente, en este rubro un PSC o solicitante a no deberá de escatimar en cuanto a inversión de infraestructura garantizando así los requisitos publicados en el DOF.

Pero al inicio de este articulo les hablaba sobre el tema de Digitalización ¿cierto? Y es que, si bien ya hablamos de los requisitos que deberán de estar cumpliendo los PSC o solicitantes a PSC, surge dentro de surgen dos nuevos servicios a prestar por los PSC; uno, la Digitalización Certificada y dos, TLA o Tercero Legalmente Autorizado.

Estos dos nuevos servicios extienden el objeto social del PSC, y soporta obviamente a adecuaciones tanto legales como operacionales de estos. El PSC ahora puede decantar por realizar el mismo la digitalización de documentos y posterior destrucción o bien trabajar con empresas Digitalizadores a las cuales certificará sus procesos de Digitalización y Destrucción y de avalarlo. Secretaria de Economía delega a través de este TLA las responsabilidades de que el proceso avalado garantice la prestación del servicio con los estándares publicados, es decir; podría decirse que lo vuelve una especie de auditor de aquellos Digitalizadores que quieren ofertar a los Comerciantes los servicios de Digitalización Certificada y a su vez el comerciante tendrá la tranquilidad de que el Digitalizador con el que trabaja esta respaldando su proceso con un TLA autorizado por SE, ya que esta información siempre deberá de ser del conocimiento del Comerciante/Cliente Final.

‘’Lo que busca SE es crear en la figura de un PSC un ente integral, ya que conlleva un esfuerzo de la definición de Elementos Humanos, Elementos, Elementos Materiales y Elementos Tecnológicos.’’

En fin, las reglas del juego están en la mesa y los Servicios de Confianza aperturan su mercado a nuevos jugadores en el Sector, que, aunque es muy especializado seguramente en los meses y años venideros existirán más actores en este con un solo bien, el de incentivar entre todos los actors de la actividad económica el uso eficiente de los recursos productivos, impulsando la economía digital con el uso de tecnologías de la información y comunicación.