Banner AMEXIPAC

Nueva factura V3.3 y sus facilidades



 Español      English

Por: Francisco Javier Romero Morato- EDICOM

La versión 3.3 del CFDI ha sido el tema más sonado en México durante 2017 en cuanto a fiscalización electronica se refiere y es que no es para menos. La nueva versión del CFDI trae consigo muchos cambios que involucran no solo aspectos técnicos sino incluso operativos que requieren un esfuerzo e involucramiento humano dentro de cada compañía que contempla al departamento de finanzas, sistemas, facturación, cuentas por cobrar, contabilidad y hasta almacén.


El ejemplo más relevante de este tipo de cambios es el uso de 17 catálogos homologados entre los que destaca aquel definido para los productos y servicios comercializados o la aparición del Recibo Electrónico de Pagos vinculado al pago de todas las facturas emitidas a crédito o en parcialidades. Dentro de los cambios que CFDI 3.3 trajo consigo también podemos identificar la eliminación de 40 atributos que dejarán de estar visibles en la versión 3.3. Entre ellos:

  • atributos generales,
  • domicilio fiscal del emisor,
  • lugar de expedición por parte del emisor,
  • domicilio del receptor, 
  • información aduanera.


Dentro del modelo tecnológico sobre el cual está sustentado el esquema CFDI, también se consideraron cambios trascendentes como la inclusión de 46 nuevas reglas de validación para confirmar congruencia entre datos que se clasifican en aritmética, de congruencia y condicional. La verificación del RFC del receptor y la inclusión obligatoria de los RFC de patrón y trabajador para que el PAC los pueda validar antes de timbrar el CFDI de Nómina son reglas que fortalecen el esquema. 

CFDI 3.3 también definió un proceso de confirmación que será requerido cuando los importes y los tipos de cambio de un comprobante sean altos o se encuentren fuera de rango. Cabe destacar que al día en que este artículo está siendo redactado, el monto del importe máximo y los rangos definidos por el SAT son muy elevados, evitando la posibilidad de que sea necesaria la aplicación de este proceso de confirmación, pero en un futuro, estos datos serán redefinidos para activar su uso.

Resumiendo el resto de cambios que se hacen presentes en la nueva versión de CFDI 3.3, se reconocen nuevos tipos de comprobante como Pagos y Nómina, se incluye el uso del comprobante desde el punto de vista del receptor, se hace uso de las zonas horarias basadas en el código postal del emisor, se estandariza la relación entre los comprobantes (facturas, pagos y notas de crédito), se incluye en cada concepto los descuentos e impuestos aplicables, la serie y folio vuelven a formar parte de la cadena original y se actualiza el código QR.

Durante los inicios de este 2017, se hablaba del 1ero de Julio como la fecha en la que el CFDI 3.3 sería la única versión de Comprobante Fiscal Digital por Internet que se intercambiaría en México pero derivado del resultado de profundos análisis y proyectos piloto, el SAT decidió publicar una facilidad que permitiría la convivencia de ambas versiones (3.2 y 3.3) hasta el 1ero de Diciembre, así todos los Contribuyentes, PACs y desarrolladores integradores en México se pusieron manos a la obra.

La homologación de catálogos, identificación de datos del pago y redefinición de procesos operativos dentro de las compañías derivaron a incrementar el reto de adopción de la nueva versión de CFDI 3.3, así, pese al gran esfuerzo dedicado por muchos especialistas, el cumplimiento con las obligaciones fiscales de emisión de CFDI al 1ero de diciembre aún se veía imposible para algunos contribuyentes. Razón por la cual el SAT decidió publicar algunas facilidades complementarias.

De esta manera, el uso obligatorio de CFDI 3.3 se retrasará hasta el 1 de enero de 2018, esto conlleva que la versión 3.2 pueda seguir usándose hasta el 31 de diciembre de 2017. Cabe destacar que actualmente y desde el 1ero de julio las dos versiones son fiscalmente válidas y vigentes por lo que todas las soluciones de recepción y validación implementadas actualmente deberían ser capaces de recibir ambas versiones por lo que la extensión del plazo de convivencia representa un reto menor y sin impacto relevante para todos los contribuyentes, tanto los grandes como los pequeños.

Entre otras facilidades recientemente publicadas por el SAT, se ha ampliado también el uso opcional del Recibo Electrónico de Pagos hasta el 31 de marzo de 2018, por lo que será obligatorio desde el 1 de abril de 2018. También, el complemento de comercio exterior versión 1.0 seguirá disponible durante el mes de diciembre de 2017, dado que continuará vigente la version 3.2 de CFDI.

Es evidente que el SAT reconoció la magnitud que supone este cambio en la modernización del sistema de facturación para los contribuyentes, sin perder de vista los beneficios que los cambios generarán no solo para la optimización de sus análisis de datos sino incluso para la simplificación de las obligaciones. Seguramente en un futuro cercano continuaremos viendo el prellenado de formatos, la desaparición de tramites, etc.

Dentro de los cambios previamente publicados y que entrarían en vigor se encuentra el nuevo proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas, las facilidades publicadas también consideran un cambio en la fecha de entrada en vigor al 1ero de julio del 2018.
Finalmente, el SAT ha definido que, hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción. Es decir, disfrutaremos de un periodo de afinación de los datos que nos permitirá aprender del Nuevo modelo.
Todas las mejoras realizadas por el SAT tienen como objetivo, por un lado, mejorar la calidad de los datos proporcionados y, por los contribuyentes. otro, incrementar la facilidad de uso por parte de todos.

No obstante, independientemente a la facilidad recientemente publicada por el SAT y a los cambios de fecha de obligatoriedad, es recommendable mantener el mismo nivel de esfuerzo para implementar CFDI 3.3 y el recibo electrónico de pagos


El uso obligatorio de CFDI 3.3 se retrasará hasta el 1 de enero de 2018, esto conlleva que la version 3.2 pueda seguir usándose hasta el 31 de diciembre de 2017. Cabe destacar que actualmente y desde el 1ero de julio las dos versiones son fiscalmente válidas y vigentes.