Banner AMEXIPAC

Obligaciones: régimen del sector primario para personas físicas.

Mauricio Reyes - EDIFACT

Inscripción en el RFC y de acuerdo con la regla 2.4.16., puedes pertenecer a este régimen, si te dedicas exclusivamente a una de las actividades económicas como la agricultura, la ganadería, la pesca y la silvícola (explotación forestal).


Debe entenderse como actividad exclusiva del sector primario, cuando los ingresos por dichas actividades representan al contribuyente cuando menos el 90% de sus ingresos totales, sin incluir los ingresos por las enajenaciones de activos fijos o activos fijos y terrenos, de su propiedad que hubiesen estado afectos a su actividad.

Para la inscripción en el RFC, podrás realizarlo siempre que tus ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de un monto equivalente al valor anual de 40 UMA’s y que no tengan la obligación de presentar declaraciones periódicas.

También podrás pertenecer al régimen del sector primario cuando los ingresos por las actividades del sector primario representen cuando menos el 25% de los ingresos totales en el ejercicio, y que además éstos no rebasen 8 UMA’s elevadas al año.

Para llevar a cabo la inscripción y el cumplimiento de tus obligaciones, puedes optar por hacerlo de manera independiente o como integrante de una persona moral (organizaciones que las agrupen).

¿Cuáles son los cumplimientos y obligaciones que tengo?
  • Realizar la inscripción al RFC, directamente o a través de una persona moral.
  • Para el cumplimiento del artículo 29, penúltimo párrafo del CFF, expedir factura electrónica cada vez que vendas algo, o realiza una factura global por las ventas que realices al público en general.
  • Presentar declaraciones provisionales.
  • Presentar la información del IVA de las operaciones realizadas con tus proveedores.
  • Presentar declaración anual.
  • Informar anualmente las operaciones con tus clientes y proveedores.
  • Presentar información de la Contabilidad Electrónica.
  • Presentar los avisos, por actualización de datos, al RFC, a través del Portal del SAT.
  • Expedir el recibo electrónico de nómina (CFDI de Nómina), en los casos donde cuentes con trabajadores.
¿Existe algunas facilidades si me encuentro tributando en el régimen de sector primario?

Los contribuyentes, personas físicas, que tributan bajo este régimen, cuentan con algunas facilidades administrativas y de comprobación, las cuales se mencionan a continuación:
  • Cuando tus ingresos en el año no excedan de un monto equivalente a 40 UMA´s elevadas al año y no tengas la obligación de presentar declaraciones periódicas podrás:
o Optar por inscribirte en el RFC a través de los adquirentes de tus productos.
o Quedar exento del pago del ISR.
  • Las declaraciones provisionales, podrás presentar de manera semestral.
  • Cuando los ingresos en el ejercicio excedan de 40 UMA’s elevadas al año, pero sean inferiores de 423 veces UMA’s elevadas al año, se puede aplicar, por el excedente, una reducción en el ISR determinado de, 40%.
  • Deducir tus gastos por concepto de mano de obra de trabajadores eventuales, sin contar con el amparo de una factura electrónica siempre que el importe sea de, hasta un 10% del total de tus ingresos propios, sin exceder de $ 800 mil pesos durante el ejercicio.
  • Deducir, gastos, inversiones, devoluciones, descuentos, bonificaciones, adquisiciones de mercancías, materias primas y la deducción anticipada de terrenos.
  • Obtener tu devolución de saldos a favor del IVA en un plazo máximo de 20 días hábiles.