Sandra Burgos - Reachcore
Como ya se expuso en los artículos previos de este boletín, para los casos del sector primario (pequeños mineros, arrendamiento, recicladores, autos usados, entre otros) el adquiriente de los bienes o servicios puede emitir un Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) a nombre del vendedor[1]
A nivel estructura o generación de la factura electrónica en el sector primario tenemos que es un CFDI apegado al Anexo 20 del SAT como cualquier otra factura, con las siguientes características particulares:
· La relación entre los RFCs del adquiriente y el vendedor deben darse de alta en el SAT, en el Padrón de Sector Primario.[2]
· La emisión del comprobante se realiza ya sea en el portal del SAT o a través de algún Proveedor de Certificación de expedición de CFDI a través del adquiriente de bienes o servicios (PCECFDI)[3]
