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10 Cosas que debes saber sobre la resolución miscelánea fiscal para 2020

Dalia López - Ekomercio



El 28 de diciembre de 2019 se publicó a través del Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2020, la cual entró en vigor a partir del 01 de enero de 2020.[1]

Esta trae consigo cambios para todos los contribuyentes, por lo que estos son los 10 puntos clave que debes conocer de la misma:

1. PLAZOS PARA LA SUSPENSIÓN E INACTIVIDAD DE LA CONTRASEÑA

La regla 2.2.1. menciona los períodos a considerar para los efectos del no uso de la contraseña, siendo este:

2. USO DEL BUZÓN TRIBUTARIO

El Artículo Cuadragésimo Séptimo Transitorio menciona el plazo para dar cumplimiento con la activación del buzón tributario.


De igual forma se debe considerar que al registrar datos incorrectos en este se cumplirá con uno de los supuestos que menciona el articulo 17-H Bis CFF[2], sobre la restringir del uso del CSD.

3. ACLARACIÓN PARA USO DE BUZÓN TRIBUTARIO POR APLICACIÓN DE AMPARO INDIRECTO

La regla 2.2.9. menciona respecto del procedimiento para la aclaración que deben realizar aquellos contribuyentes que se ampararon contra la contabilidad enviada por buzón tributario para hacer uso de este.


4. PROCEDIMIENTO DE RESTRICCIÓN DEL USO DEL CSD

La adicionada regla 2.2.15. referente al procedimiento de restricción en lugar de la suspensión directa del CSD derivada del articulo 17-H Bis CFF, menciona:

5. CFDI GLOBAL PARA ESTACIONES DE SERVICIOS

· De acuerdo a la regla 2.7.1.24. referente a la emisión de la factura global por las ventas realizadas en estaciones de servicios pagando por medio de monederos electrónicos y las facturas de egresos relacionadas.

6. COMPLEMENTO DE HIDROCARBUROS Y PETROLÍFEROS

· De conformidad con la regla 2.7.1.45., con respecto de los contribuyentes que tengan como actividad relacionada la de hidrocarburos y petrolíferos.

7. CFDI GLOBAL A QUIEN ENAJENE O DISTRIBUYA HIDROCARBUROS Y PETROLÍFEROS

· De acuerdo con el Artículo Vigésimo Séptimo Transitorio, se otorga una prórroga en cuanto a la emisión de CFDI globales por las operaciones con el público en general, para aquellos contribuyentes que tengan por actividad la de Hidrocarburos y Petrolíferos.


8. RFC ÚNICO REQUISITO PARA SOLICITAR CFDI

· La regla 2.7.1.47. menciona de la facilidad de solicitar el CFDI con solo proporcionar su RFC.




9. CFDI DE NÓMINA

· La regla 2.7.5.7. permite a los patrones corregir los CFDI de nómina 2019 que tengan errores u omisiones para considerarlos como emitidos en 2019.


10. HABILITACIÓN DE TERCEROS

· Siendo derogada la anteriormente regla 2.7.1.42. referente a la habilitación de terceros.











[1] Diario Oficial de la Federación (2019) Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 y sus anexos 1 y 19.

Recuperado el 30 de enero de 2020, de: https://www.dof.gob.mx/20191228-2.pdf

[2] Cámara de Diputados (2020) Código Fiscal de la Federación.

Recuperado el 30 de enero de 2020, de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/8_090120.pdf